Plan de convivencia
REGLAMENTO DE DESARROLLO Y APLICACIÓN 2.020
El incumplimiento de las normas que, abreviadas, figuran a continuación, podrá ser sancionado con las correcciones que, a tal efecto, figuran en el DECRETO 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, y que han sido reflejadas en el Plan de Convivencia de nuestro Centro.
Faltas de asistencia
La asistencia es obligatoria. Las faltas deberán ser justificadas en la plataforma digital (obligatorio) por los padres o tutores.
La asistencia es obligatoria. Las faltas deberán ser justificadas en la plataforma digital (obligatorio) por los padres o tutores.
Puntualidad
Se exige puntualidad en todos los actos programados del centro. Los retrasos reiterados e injustificados pueden ser considerados FALTA GRAVE.
Se exige puntualidad en todos los actos programados del centro. Los retrasos reiterados e injustificados pueden ser considerados FALTA GRAVE.
Uniformidad
El uniforme del Colegio, tanto de calle como de E. Física, es obligatorio; así como llevarlo con el decoro debido.
El uniforme del Colegio, tanto de calle como de E. Física, es obligatorio; así como llevarlo con el decoro debido.
Salir del Colegio
Ningún alumno puede salir del colegio durante la jornada escolar. Cualquier salida del centro deberá ser autorizada expresamente por los padres o tutores legales a través de la plataforma digital disponible.
Ningún alumno puede salir del colegio durante la jornada escolar. Cualquier salida del centro deberá ser autorizada expresamente por los padres o tutores legales a través de la plataforma digital disponible.
Teléfonos móviles y Redes Sociales
En cumplimiento de lo dispuesto en el RD 32/2019, de 9 de abril y en el RD 60/2020, de 29 de julio, "Se fomentará en los alumnos una actitud responsable en el uso de las tecnologías de la información y comunicación, incluido el uso de los dispositivos móviles, prestando especial atención a aquellos hechos que pudieran estar relacionados con el ciberacoso en el ámbito escolar; prohibiendo el uso y la tenencia de dispositivos móviles dentro del centro escolar."
En cumplimiento de lo dispuesto en el RD 32/2019, de 9 de abril y en el RD 60/2020, de 29 de julio, "Se fomentará en los alumnos una actitud responsable en el uso de las tecnologías de la información y comunicación, incluido el uso de los dispositivos móviles, prestando especial atención a aquellos hechos que pudieran estar relacionados con el ciberacoso en el ámbito escolar; prohibiendo el uso y la tenencia de dispositivos móviles dentro del centro escolar."
no fumar
Queda terminantemente prohibido fumar dentro del recinto escolar (Real Decreto 192 de 4 de marzo de 1989).
Queda terminantemente prohibido fumar dentro del recinto escolar (Real Decreto 192 de 4 de marzo de 1989).